15/01/2026 · BOE-A-2026-911
El Ministerio de Educación firma un convenio con una empresa local para prácticas de FP en Ceuta sin contraprestación económica
La Resolución publicada en el BOE detalla un acuerdo formativo con Boutiques Club 1988, S.L., donde la empresa no asume costes salariales ni de seguridad social, cubiertos íntegramente por la Administración.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este miércoles, 15 de enero de 2026, la Resolución de la Secretaría General Técnica que da publicidad al convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y la empresa Boutiques Club 1988, S.L. El objetivo del acuerdo es el desarrollo de estancias formativas en régimen dual para el alumnado del Centro Integrado de Formación Profesional (CIFP) n.º 1 de Ceuta.
El texto, firmado el pasado 18 de diciembre de 2025 y con vigencia hasta el 31 de agosto siguiente a su inscripción en el registro oficial, establece el marco para que los estudiantes de ciclos básicos, medios y superiores de FP realicen prácticas en las instalaciones de la empresa ceutí. Estas estancias, de carácter no laboral, son una fase obligatoria dentro del itinerario formativo regulado por la Ley Orgánica 3/2022.
Un aspecto destacado del convenio, recogido en su cláusula décima, es la ausencia de obligaciones económicas directas entre las partes. No obstante, el Ministerio asume de forma expresa "el gasto originado por las obligaciones de la Seguridad Social" del alumnado en prácticas. Este coste, que se imputará a una partida presupuestaria específica, se estima en un máximo de 150.000 euros para la Dirección Provincial de Ceuta, calculándose una cuota individual aproximada de 68,58 euros por alumno. La empresa, por su parte, no está obligada a remunerar a los estudiantes, aunque sí a designar un tutor laboral, proporcionar formación práctica y garantizar las condiciones de seguridad e higiene.
El acuerdo especifica con detalle las obligaciones de cada actor. La empresa Boutiques Club 1988, S.L. se compromete a facilitar el acceso a sus dependencias, cumplir la programación formativa y supervisar el progreso del alumnado. Los estudiantes, por su parte, deben acatar el horario y normas de la empresa, mantener la confidencialidad de la información y firmar un compromiso específico de protección de datos. El convenio es claro al reiterar que "en ningún caso" existirá relación laboral entre el alumno y la empresa durante la estancia.
El marco legal que ampara este convenio se fundamenta en la Ley Orgánica 3/2022, de ordenación e integración de la Formación Profesional, y en el Real Decreto 659/2023 que la desarrolla. Estos textos promueven la corresponsabilidad de las empresas en el sistema formativo. La suscripción de este acuerdo concreto fue delegada en la directora del CIFP n.º 1 de Ceuta, Milagrosa Pérez Granados, en virtud de la Orden EFD/335/2025.
La publicación de este tipo de convenios es una práctica habitual para garantizar la transparencia de la colaboración público-privada. Sin embargo, este modelo de FP dual continúa generando debate entre la comunidad educativa y los agentes sociales. Los defensores del sistema subrayan su valor para acercar la formación al mercado laboral real y mejorar la empleabilidad. Los críticos, por otro lado, señalan el riesgo de que las empresas utilicen mano de obra cualificada en formación sin asumir los costes laborales correspondientes, externalizando parte de su capacitación al erario público. La eficacia de estos convenios y su impacto real en la inserción laboral de los graduados suelen ser los parámetros clave de su evaluación.
Para el seguimiento del acuerdo se constituirá una Comisión paritaria entre el centro educativo y la empresa, que velará por el cumplimiento del plan formativo y podrá decidir la exclusión de un alumno por causas como faltas de asistencia, actitudes incorrectas o bajo aprovechamiento.
Fuentes
- Boletín Oficial del Estado. «Resolución de 8 de enero de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con Boutiques Club 1988, SL, para el desarrollo de estancias formativas del Centro Integrado de Formación Profesional n.º 1 de Ceuta.» BOE-A-2026-911, 15 de enero de 2026, pp. 6835-6843. Disponible en: https://www.boe.es/boe/dias/2026/01/15/pdfs/BOE-A-2026-911.pdf
- Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional.
- Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional.