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14/03/2025 · BOE-A-2025-5049

Modelos de declaración del IRPF y del Impuesto sobre el Patrimonio para el ejercicio 2024

Se aprueban los modelos oficiales, los plazos de presentación y los procedimientos de gestión y pago para ambas declaraciones.

La norma aprueba los modelos D-100 y D-714 para el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y el Impuesto sobre el Patrimonio, respectivamente. El plazo de presentación para ambos impuestos se fija entre el 2 de abril y el 30 de junio de 2025. La presentación deberá realizarse obligatoriamente por medios electrónicos, aunque se mantienen canales de asistencia telefónica y presencial.

En el IRPF, se eleva el umbral inferior de la obligación de declarar para perceptores de rendimientos del trabajo a 15.876 euros anuales en supuestos específicos. Se introduce la autoliquidación rectificativa como vía general para modificar declaraciones previas, incorporando las casillas 669 y 701 en el modelo 100. Asimismo, se habilitan nuevos medios de pago electrónico, incluyendo tarjetas de crédito/débito y transferencias instantáneas como Bizum.

Respecto al Impuesto sobre el Patrimonio, se mantiene la obligación de declarar para quienes tengan una cuota a ingresar o un valor de bienes superior a 2.000.000 de euros. Finalmente, se regula la presentación de un formulario de apoderamiento electrónico, entre el 2 de abril y el 30 de junio de 2025, para solicitar devoluciones derivadas de la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre aportaciones a mutualidades correspondientes al ejercicio 2019 y anteriores no prescritos.

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