16/06/2025 · BOE-A-2025-12059
Planificación de actividades preventivas de la Seguridad Social para 2026
Establece los criterios, programas y financiación que deben seguir las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social en sus planes de prevención.
Esta resolución define la planificación de las actividades preventivas que las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social deben ejecutar durante 2026. Las actuaciones se orientan prioritariamente a pequeñas empresas y sectores con mayor siniestralidad en 2024, integrando los objetivos de la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2023-2027, especialmente en la mejora de la gestión preventiva para pymes y autónomos y la difusión del enfoque Visión Cero.
Los programas establecidos incluyen el asesoramiento técnico a pymes y sectores preferentes, la coordinación en centros de trabajo con concurrencia de empresas, la difusión del servicio «Prevención10.es», la adaptación de puestos de trabajo para recolocación de accidentados y actividades de investigación, desarrollo e innovación. Estas últimas se centrarán en ámbitos como trastornos musculoesqueléticos, sustancias peligrosas, riesgos psicosociales y cáncer profesional, entre otros.
La financiación de estas actividades no podrá superar el 0,7 % de los ingresos por cuotas de contingencias profesionales cobradas en el último ejercicio liquidado. Las mutuas deberán presentar sus planes individuales entre el 16 y el 31 de diciembre de 2025 para su aprobación por la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social y reportar su ejecución durante el primer trimestre de 2027.