02/02/2026 · BOE-A-2026-2444
El Ebro impone un peaje a la navegación recreativa y comercial en sus aguas
La Confederación Hidrogáulica aprueba un nuevo canon anual que grava desde piraguas hasta embarcaciones a motor, con tarifas que superan los 1.000 euros para las más potentes.
La Confederación Hidrográfica del Ebro (CHE) ha establecido, mediante una resolución publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 2 de febrero de 2026, un nuevo canon para el uso de los ríos y embalses de su demarcación para actividades de navegación y flotación que requieran autorización administrativa. La norma, que entró en vigor el mismo día de su publicación, afectará principalmente a empresas de transporte de pasajeros, clubes náuticos y federaciones deportivas que operen en la cuenca del Ebro.
El gravamen se fundamenta en la Ley de Aguas, que permite tasar la utilización del dominio público hidráulico. Según la resolución firmada por el presidente de la CHE, Carlos Arrazola Martínez, el hecho imponible es la utilización de ríos y embalses para navegación cuando sea necesaria una autorización, algo exigido, por ejemplo, para el transporte de más de 12 pasajeros. La base imponible y, por tanto, la cuantía final del canon, varía drásticamente en función del tipo de embarcación y su tamaño.
Las tarifas aprobadas establecen claras diferencias. Para la navegación a remo, como piraguas o kayaks de más de 4 metros, el canon anual se fija en 50 euros. Las embarcaciones a vela sufren un incremento considerable: un velero de más de 6 metros de eslora deberá abonar 400 euros anuales. No obstante, el grueso de la carga recae sobre las embarcaciones a motor. La escala es progresiva según la potencia, partiendo de 150 euros para motores de hasta 10 CV y alcanzando los 1.000 euros anuales para las embarcaciones con motores de entre 115 y 150 CV.
La CHE justifica esta estructura tarifaria en que la eslora y el sistema de desplazamiento son "parámetros definitorios del grado de intensidad de la utilización del dominio público hidráulico y beneficio que de ella se deriva". El tipo de gravamen aplicado es uniforme, del 5% sobre la base imponible calculada para cada categoría.
Esta medida llega en un contexto donde la navegación en la cuenca del Ebro está marcada por restricciones destinadas a evitar la propagación del mejillón cebra, una especie invasora. Una resolución de 2021 ya estableció que las actividades de uso empresarial y de clubes en varios embalses solo podrían autorizarse excepcionalmente, pasando de un régimen de declaración responsable a uno de autorización expresa y, con ello, al pago del canon.
Desde un punto de vista crítico, la implantación de este canon plantea varios debates. Por un lado, las administraciones defienden la necesidad de financiar el mantenimiento y la vigilancia del dominio público hidráulico. Por otro, los sectores afectados, como el turismo fluvial, las empresas de recreo y el deporte de base, podrían argumentar que se trata de una nueva carga administrativa y económica que dificulta su actividad, especialmente en un momento de transición ecológica donde se fomenta el ocio en la naturaleza. La disparidad de cuotas, que penaliza fuertemente el motor frente a la propulsión humana o eólica, refleja una intencionalidad ambiental, pero también podría interpretarse como un obstáculo para determinadas actividades económicas establecidas.
La resolución establece los plazos y vías para recurrir la decisión, tanto en la vía económico-administrativa como, eventualmente, en la contencioso-administrativa ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón.
Fuentes:
- Boletín Oficial del Estado (BOE). "Resolución de 14 de enero de 2026, de la Confederación Hidrográfica del Ebro, O.A., por la que se establecen los cánones de utilización del dominio público hidráulico para el ejercicio de la navegación y la flotación en los casos en que se requiere autorización administrativa". Núm. 29, Sección 3, pp. 16029-16031. Publicado el 2 de febrero de 2026. https://www.boe.es/boe/dias/2026/02/02/pdfs/BOE-A-2026-2444.pdf
- Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas.
- Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico.
- Resolución de 28 de enero de 2021, de la Confederación Hidrográfica del Ebro, O.A., por la que se modifica la normativa de navegación.